La aplicación del tipo reducido del IVA a los establecimientos hoteleros no puede condicionarse a la tenencia de un certificado de clasificación: STJUE de 8 de febrero de 2024, asunto C-733/22

Autores/as

  • Alejandro Zubimendi Cavia

Palabras clave:

IVA, establecimiento hotelero, tipo impositivo reducido, certificado, principio de neutralidad, Derecho de la Unión Europea.

Resumen

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que la Directiva del IVA se opone a una norma nacional que supedite la aplicación del tipo reducido del IVA aplicable los establecimientos hoteleros a que estos dispongan de un certificado de clasificación, en la medida en que dicha exigencia no represente la realización de una prestación específica y diferenciada de la categoría general o vulnere el principio de neutralidad.

Descargas

Los datos de descarga aún no están disponibles.

Biografía del autor/a

  • Alejandro Zubimendi Cavia

    Profesor Ayudante Doctor de la UCM
    (España)

Publicado

28-06-2024

Número

Sección

Análisis de Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Cómo citar

Zubimendi Cavia, A. (2024). La aplicación del tipo reducido del IVA a los establecimientos hoteleros no puede condicionarse a la tenencia de un certificado de clasificación: STJUE de 8 de febrero de 2024, asunto C-733/22. Revista Técnica Tributaria, 2(145), 265-271. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/2494