No es contrario al derecho de defensa que el responsable solidario de una deuda de IVA no pueda ser parte en el procedimiento de liquidación seguido frente al obligado tributario principal: STJUE de 27 de febrero de 2025, C-277/24 (Adjak)
Palabras clave:
IVA, recaudación, derivación de responsabilidad, derecho de defensa, proporcionalidadResumen
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que no es contrario al derecho de defensa que el responsable solidario de una deuda de IVA no pueda ser parte en el procedimiento de comprobación o inspección seguido frente al obligado tributario principal, en la medida en que dicho sujeto pueda atacar el importe de la liquidación tributaria con motivo del procedimiento de derivación de responsabilidad.
