La Directiva de IVA permite denegar el derecho a deducir el IVA indebidamente soportado, pero debe devolverlo al destinatario de la operación cuando a este le sea muy difícil recuperarlo del vendedor: STJUE de 13 de marzo de 2025, C-640/23

Autores/as

  • Alejandro Zubimendi Cavia

Palabras clave:

IVA, Directiva de IVA, principio de neutralidad, principio de efectividad, derecho a deducción, repercusión, devolución de ingresos indebidos

Resumen

De acuerdo con el Tribunal de Justicia, los principios de neutralidad del IVA y de efectividad deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa o una práctica administrativa nacional que no permite a un sujeto pasivo deducirse un IVA indebidamente soportado por una operación no sujeta al IVA. No obstante, tales principios exigen que dicho sujeto pasivo pueda dirigir su solicitud de devolución directamente a la Administración tributaria cuando le resulte imposible o excesivamente difícil obtener del vendedor la devolución del IVA indebidamente pagado.

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Biografía del autor/a

  • Alejandro Zubimendi Cavia

    Profesor Ayudante Doctor de la UCM
    (España)

Publicado

24-06-2025

Número

Sección

Análisis de Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Cómo citar

Zubimendi Cavia, A. (2025). La Directiva de IVA permite denegar el derecho a deducir el IVA indebidamente soportado, pero debe devolverlo al destinatario de la operación cuando a este le sea muy difícil recuperarlo del vendedor: STJUE de 13 de marzo de 2025, C-640/23. Revista Técnica Tributaria, 2(149), 245-250. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/2625

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