La subjetividad tributaria en el nuevo impuesto sobre la renta de las personas físicas

Authors

  • María Teresa Soler Roch

Abstract

El artículo 1 de la Ley 40/1998 de 9 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), bajo la rúbrica "Naturaleza del impuesto", proclama expresamente el carácter personal y subjetivo de este impuesto. El primero de estos caracteres implica, como es sabido, que el hecho imponible no es concebible sino en relación con una persona determinada, mientras que el segundo exige que para la determinación de la carga tributaria se tengan en cuenta las circunstancias personales y familiares del sujeto pasivo, exigencia a la que también se refiere expresamente el
precepto citado, al indicar que el impuesto grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares.

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Author Biography

  • María Teresa Soler Roch

    Catedrática de Derecho Financiero y Tributario
    Universidad de Alicante.Miembro de la AEDAF

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Published

25/11/2021

How to Cite

Soler Roch, M. T. (2021). La subjetividad tributaria en el nuevo impuesto sobre la renta de las personas físicas. Technical Tax Journal, 2(49), 87-99. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1932