The «excessive burden» as the only limit to double prosecution
El «exceso punitivo» como único límite al bis in ídem
Palabras clave:
Derechos fundamentales, Ne bis in ídem, Doble proceso, Procedimiento administrativo sancionador, Infracción tributaria, Delito fiscal, Sanción de carácter penal, Exceso punitivo, ProporcionalidadResumen
Un análisis de la doctrina del Tribunal Constitucional, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea conduce a concluir que el único límite actual a la prohibición del bis in ídem, en el marco de los procedimientos administrativos y penales, es el exceso punitivo. De este modo, hoy en día se admite tanto la dualidad de sanciones (administrativas y penales) como la duplicidad de procedimientos (administrativos sancionadores y penales) por los mismos hechos, siempre que la retribución impuesta a la conducta realizada (el castigo total) sea proporcional a la gravedad de la infracción cometida.