Gasto deducible e interpretación razonable de la norma: STS de 7 de mayo de 2025, recurso de casación núm. 4363/2023

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.48297/aw4qer63

Palabras clave:

Gasto deducible, liberalidad, culpabilidad, prueba, interpretación razonable de la norma

Resumen

La falta de prueba de un gasto deducido en la base imponible del Impuesto de Sociedades, no debe conducir siempre a calificar la conducta del contribuyente como culpable a efectos sancionadores, sin que tal situación lleve necesariamente a la adopción de la solución contraria. Es necesario que la Administración demuestre el elemento culpable advertido en la conducta del contribuyente y que lo motive adecuadamente.

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Biografía del autor/a

  • Ernesto Eseverri Martínez

    Catedrático emérito de Derecho Financiero y Tributario
    Universidad de Granada
    (España)

Publicado

30-09-2025

Número

Sección

Análisis de jurisprudencia nacional y doctrina administrativa

Cómo citar

Eseverri Martínez, E. (2025). Gasto deducible e interpretación razonable de la norma: STS de 7 de mayo de 2025, recurso de casación núm. 4363/2023. Revista Técnica Tributaria, 3(150), 263-271. https://doi.org/10.48297/aw4qer63

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