La acción pauliana y la protección del crédito tributario: STS, Sala de lo Civil, de 5 de marzo de 2025, rec. núm. 648/2020
DOI:
https://doi.org/10.48297/gxgahc61Palabras clave:
Acción rescisoria, fraude de acreedores, donación familiar, responsabilidad tributaria solidaria, ocultación de bienes, obstaculizar la acción recaudatoria, presunción de negocio fraudulento, responsabilidad objetiva, intencionalidad del responsable solidarioResumen
La acción pauliana o de rescisión del negocio jurídico celebrado en fraude de acreedores es un medio subsidiario para la realización del crédito tributario. Su ejercicio, sujeto a plazo de caducidad, comienza su cómputo desde que el acreedor burlado tenga cabal y entero conocimiento del acto subrepticio y fraudulento que le ha producido el daño patrimonial, lo que llevado al ámbito de la recaudación tributaria habrá que situarlo cuando habiéndose agotado dicho procedimiento de recaudación la deuda permanezca sin cobrar.
