Tipo impositivo autonómico del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos es contrario al Derecho de la Unión Europea: STJUE de 30 de mayo de 2024, C-743/22
Palabras clave:
Impuestos especiales, Impuestos Hidrocarburos, Directiva 2003/96/CE, Derecho UE, Directiva 2008/118/CEResumen
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 30 de mayo de 2024, asunto C-743-/22, declara que resulta contrario a la Directiva 2003/96/CE, y en particular a su artículo 5, que una normativa nacional establezca un tramo impositivo autonómico del Impuesto especial sobre hidrocarburos que autoriza a regiones o comunidades autónomas a establecer tipos del impuesto especial diferenciados para un mismo producto y un mismo uso en función del territorio en que se consuma el producto fuera de los casos previstos en dicha Directiva.