Las reglas de limitación de la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades a la luz del derecho de la Unión Europea

Autores/as

  • Jose Manuel Almudí Cid

DOI:

https://doi.org/10.48297/rtt.v3i142.2386

Resumen

Con el fin de evitar determinados esquemas de planificación fiscal recurrentemente empleados por los grupos multinacionales, basados en la concesión de préstamos por entidades no residentes que disfrutan de una imposición directa privilegiada, mediante los que se persigue minorar la tributación sobre la renta societaria exigible por el país de residencia de la entidad prestataria, la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (en adelante, LIS), contiene determinadas medidas específiamente dirigidas a limitar la deducibilidad de los gastos financieros satisfechos por los sujetos pasivos de este impuesto, que fueron incorporadas en nuestro ordenamiento tributario en el año 2012, en un escenario de crisis económica y elevado déficit público.

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Biografía del autor/a

  • Jose Manuel Almudí Cid

    Director de la Revista Técnica Tributaria
    Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario
    Universidad Complutense de Madrid
    (España)


    Cómo referenciar
    : Almudí Cid, J.M. (2023). Las reglas de limitación de la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades a la luz del derecho de la Unión Europea. Revista Técnica Tributaria (142), 7-18. https://doi.org/10.48297/rtt.v3i142.2386

Publicado

29-09-2023

Cómo citar

Almudí Cid, J. M. (2023). Las reglas de limitación de la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades a la luz del derecho de la Unión Europea. Revista Técnica Tributaria, 3(142), 7-18. https://doi.org/10.48297/rtt.v3i142.2386

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