IRPF. Rendimientos del trabajo. Período de generación superior a dos años. Relación laboral especial de alta dirección. Delimitación entre personal de alta dirección y miembros del Consejo de Administración / Administradores. Doctrina de la naturaleza del vínculo.

Tribunal Económico Administrativo Central Resolución 3759/2013 de 6/11/2014 Unidad resolutoria: Vocalía Sexta

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Resumen

La reducción aplicable en el IRPF a los rendimientos con período de generación superior a dos años, solo se refiere a los rendimientos del trabajo y sobre las cantidades satisfechas por la empresa a los trabajadores por la resolución de mutuo acuerdo de la «relación laboral», por lo que no es extensible a la indemnización satisfecha a quien tenga la consideración de miembro del Consejo de Administración, aunque tenga también funciones de personal de alta dirección.

 

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Publicado

31-03-2015

Cómo citar

IRPF. Rendimientos del trabajo. Período de generación superior a dos años. Relación laboral especial de alta dirección. Delimitación entre personal de alta dirección y miembros del Consejo de Administración / Administradores. Doctrina de la naturaleza del vínculo.: Tribunal Económico Administrativo Central Resolución 3759/2013 de 6/11/2014 Unidad resolutoria: Vocalía Sexta. (2015). Revista Técnica Tributaria, 1(108), 213-214. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/74