Devolución de ingresos indebidos. Inicio del computo de cuatro años para su solicitud.

Tribunal Supremo. Sala Tercera, Sección 2ª .Sentencia de 16 de noviembre de 2016, rec. 1590/2015

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Se cuestiona en la sentencia cuando debe iniciarse a computar el plazo de 4 años para solicitar la devolución de ingresos indebidos por aplicación de una normativa que ha sido declarada contraria al Derecho Comunitario. El Tribunal Supremo determina que dicho plazo de prescripción debe computarse desde que se produjo el ingreso indebido y no desde que se publicó la sentencia del TJUE.

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Published

31/03/2017

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Devolución de ingresos indebidos. Inicio del computo de cuatro años para su solicitud.: Tribunal Supremo. Sala Tercera, Sección 2ª .Sentencia de 16 de noviembre de 2016, rec. 1590/2015. (2017). Technical Tax Journal, 1(116), 77-78. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/294