IRPF. Imputación temporal. Regla general. Rendimientos del capital inmobiliario. Reducción plurianualidad. Período de generación.
Tribunal Económico-Administrativo Central. Comentario a la Resolución 2585/2020, de 22 de julio de 2021
Abstract
El TEAC, en esta resolución, se pronuncia acerca de la posibilidad de aplicar la reducción de plurianualidad a aquellas rentas de capital inmobiliario cuya exigibilidad se produce en periodos superiores a dos años. Mediante unificación de doctrina, el TEAC declara que, dicha reducción se incluye en el IRPF con la finalidad de limitar la progresividad del impuesto a aquellas rentas que, habiéndose generado en varios ejercicios, se cobren en uno solo, por lo tanto, en el caso de que se haya pactado que la renta será exigible en un período superior a dos años, le será de aplicación la reducción del art 23.3 de la LIRPF.
