No se infringe la Constitución cuando la ley del IRPF admite la reducción de la base imponible a causa del pago de pensiones compensatorias a los cónyuges o por alimentos a parientes, mientras que no aplica el mismo tratamiento a los alimentos que deben satisfacerse a los hijos.

Tribunal Constitucional (Recurso de amparo). Sentencia 57/2005 de 14 de Marzo

Authors

Abstract

No se infringe la Constitución cuando la ley del Impuesto sobre la Renta admite la reducción de la base imponible a causa del pago de pensiones compensatorias a los cónyuges o por alimentos a parientes, mientras que no aplica el mismo tratamiento a los alimentos que deben satisfacerse a los hijos. No existe equiparación entre estas situaciones que permita un reproche de inconstitucionalidad por vulneración del principio de igualdad.

Downloads

Download data is not yet available.

Downloads

Published

04/10/2021

How to Cite

No se infringe la Constitución cuando la ley del IRPF admite la reducción de la base imponible a causa del pago de pensiones compensatorias a los cónyuges o por alimentos a parientes, mientras que no aplica el mismo tratamiento a los alimentos que deben satisfacerse a los hijos.: Tribunal Constitucional (Recurso de amparo). Sentencia 57/2005 de 14 de Marzo. (2021). Technical Tax Journal, 3(70), 166-168. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1518