Servidores "dedicados". Calificación a efectos fiscales.
Tribunal Económico-Administrativo Central. Comentario a la Resolución de 28 de febrero de 2008. No 00/4085/2005.Unidad resolutoria:Vocalía 6ª
Abstract
Se discute la calificación que debe darse a efectos fiscales a los servicios de "alojamiento en servidores dedicados" ("dedicated server hosting") y "Start Up" y "Set Up" (configuración e inicio de servidores) prestados por no residentes a una entidad residente. Los servicios consisten en una forma avanzada de alojamiento Web en la cual el cliente, residente en España, alquila o compra y tiene el control completo de un servidor entero, pero la entidad residente no es la propietaria del servidor, sino que lo son las empresas no residentes receptoras de los pagos o rendimientos cuya naturaleza se discute.
La cuestión se centra en determinar si tienen la naturaleza de cánones (en cuyo caso debe practicarse la retención a cuenta prevista en el Impuesto sobre la Renta de los No residentes) y si son rendimientos de actividades empresariales (no se aplicaría retención).
