IS. No procede deducción por reinversión de beneficios extraordinarios por los bienes que no se destinen a la actividad empresarial de forma duradera.

Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª Sentencia de 18 de Febrero de 2010, rec. 470/2006

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Abstract

Entre las muchas cuestiones que se suscitan en la sentencia, destacamos la referida a la adjudicación de inmuebles a una entidad financiera en pago de deudas, respecto de cual, siguiendo anteriores pronunciamientos declara que la entidad contribuyente no tiene derecho a la aplicación del sistema de reinversión de beneficios extraordinarios ya que los bienes entregados no estaban destinados a servir a la actividad empresarial de forma duradera, sino que se trataba de bienes adquiridos como consecuencia de operaciones crediticias fallidas.

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Published

12/09/2021

How to Cite

IS. No procede deducción por reinversión de beneficios extraordinarios por los bienes que no se destinen a la actividad empresarial de forma duradera.: Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª Sentencia de 18 de Febrero de 2010, rec. 470/2006. (2021). Technical Tax Journal, 2(89), 165-166. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1088