La cuestión prejudicial en materia económico-administrativa: ¿otras formas de avanzar en su planteamiento?

Autores/as

  • María Amparo Grau Ruiz

DOI:

https://doi.org/10.48297/rtt.v1i132.611

Resumen

Desde que el Tribunal de Justicia  de la Unión Europea (en adelante,TJUE) modificó en 2020 su doctrina precedente , los órganos de lo económico-administrativo, en su actual configuración, carecen de la habilitación para presentar cuestiones prejudiciales en los términos previstos en el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en lo sucesivo, TFUE) . Y, hasta la fecha, parece que la mera resignación sea la respuesta dada por el legislador español.

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Biografía del autor/a

  • María Amparo Grau Ruiz

    Catedrática de Derecho Financiero y Tributario
    Universidad Complutense de Madrid (España)
    Directora de la Revista Técnica Tributaria

     

    Cómo referenciar:
    Versión impresa:
    Grau Ruiz, M.A. (2021). La cuestión prejudicial en materia económico-administrativa: ¿otras formas de avanzar en su planteamiento?Revista Técnica Tributaria (132), 7-15.

    Versión electrónica:
    Grau Ruiz, M.A. (2021). La cuestión prejudicial en materia económico-administrativa: ¿otras formas de avanzar en su planteamiento?Revista Técnica Tributaria (132), 7-15. https://doi.org/10.48297/rtt.v1i132.611

Publicado

31-03-2021

Cómo citar

Grau Ruiz, M. A. (2021). La cuestión prejudicial en materia económico-administrativa: ¿otras formas de avanzar en su planteamiento?. Revista Técnica Tributaria, 1(132), 7-15. https://doi.org/10.48297/rtt.v1i132.611

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