La cuestión prejudicial en materia económico-administrativa: ¿otras formas de avanzar en su planteamiento?
DOI:
https://doi.org/10.48297/rtt.v1i132.611Resumen
Desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante,TJUE) modificó en 2020 su doctrina precedente , los órganos de lo económico-administrativo, en su actual configuración, carecen de la habilitación para presentar cuestiones prejudiciales en los términos previstos en el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en lo sucesivo, TFUE) . Y, hasta la fecha, parece que la mera resignación sea la respuesta dada por el legislador español.
