Partes: Promexor Trade SRL y Directia Generala a Finantelor Publice Cluj — Administratia Judeteana a Finantelor Publice Bihor. Asunto: C-358/20

COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DEJUSTICIA DE LA UE, DE18 DE NOVIEMBRE DE 2021 (SALA OCTAVA)

Autores/as

  • Aurora Ribes Ribes

Resumen

Procedimiento prejudicial — Armonización de las legislaciones fiscales - Sistema común del Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Derecho a la deducción del IVA — Anulación de la identificación a efectos del IVA de un sujeto pasivo — Denegación del derecho a deducción — requisitos formales

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Biografía del autor/a

  • Aurora Ribes Ribes

    Catedrática de Derecho Financiero y Tributario
    Universidad de Alicante (España)
    Miembro de AEDAF

Publicado

31-03-2022

Número

Sección

Comentarios de Jurisprudencia del TJUE

Cómo citar

Ribes Ribes, A. (2022). Partes: Promexor Trade SRL y Directia Generala a Finantelor Publice Cluj — Administratia Judeteana a Finantelor Publice Bihor. Asunto: C-358/20: COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DEJUSTICIA DE LA UE, DE18 DE NOVIEMBRE DE 2021 (SALA OCTAVA). Revista Técnica Tributaria, 1(136), 265-269. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/2281

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