E. sp. z o.o. sp. k. y Minister Finansów
COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TJUE (SALA PRIMERA) DE 15 DE OCTUBRE DE 2020. Asunto: C-335/19.
DOI:
https://doi.org/10.48297/rtt.v1i132.619Resumen
Procedimiento prejudicial — Sistema común del Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 90 — Reducción de la base imponible del IVA — Impago total o parcial del precio — Requisitos que impone una normativa nacional para ejercer el derecho a reducción — Requisito de que el deudor no se halle incurso en un procedimiento concursal o de liquidación — Requisito de que el acreedor y el deudor han de ser sujetos pasivos del IVA