IVA. Cuotas soportadas en la construcción de una promoción inmobiliaria que por circunstancias del mercado no puede ser vendida

Tribunal supremo. Sala Tercera, Sección 2ª Sentencia de 9 de mayo de 2016, rec. 3165/2014

Autores/as

Resumen

Normalmente la actividad de promoción inmobiliaria y de arrendamiento de viviendas son dos sectores diferenciados de actividad al diferir en más de 50 puntos sus porcentajes de deducción y por tanto, en el caso de que se produzca un cambio de afectación desde el sector de promoción inmobiliaria al sector de arrendamiento, se produce el hecho imponible del autoconsumo.

Descargas

Los datos de descarga aún no están disponibles.

Publicado

30-06-2016

Cómo citar

IVA. Cuotas soportadas en la construcción de una promoción inmobiliaria que por circunstancias del mercado no puede ser vendida: Tribunal supremo. Sala Tercera, Sección 2ª Sentencia de 9 de mayo de 2016, rec. 3165/2014. (2016). Revista Técnica Tributaria, 2(113), 143-144. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/217