Reflexiones sobre la infracción grave por dejar de ingresar

Autores/as

  • Manuela Fernández Junquera
  • Isabel García-Ovies Sarandeses

Resumen

1. PLANTEAMIENTO.
Las infracciones tributarias graves se tipifican, como es sabido, en el art. 79 de la Ley General Tributaria en cinco tipos diferentes. De entre ellos, la ittlta de ingreso del total o parte de la deuda tributaria se recoge en el primer apartado y aunque los supuestos que vienen en los apartados siguientes originan, o pueden originar, todos ellos, en último término, directa o indirectamente, una falta de ingreso, el tipo definido es otro distinto. Es decir, que la falta de ingreso como tal, sólo se delimita en el apartado a) de dicho precepto. Pues bien, la infracción citada merece, a nuestro juicio, una reflexión.

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Biografía del autor/a

  • Manuela Fernández Junquera

    Catedrática de Derecho Financiero y Tributario
    Miembro de la AEDAF

  • Isabel García-Ovies Sarandeses

    Titular de Universidad de Derecho Financiero y Tributario
    Miembro de la AEDAF

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Publicado

25-11-2021

Cómo citar

Fernández Junquera, M., & García-Ovies Sarandeses, I. (2021). Reflexiones sobre la infracción grave por dejar de ingresar . Revista Técnica Tributaria, 1(44), 17-26. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1946