Volver a los detalles del artículo Desestimación del recurso contencioso-administrativo, sin pronunciarse sobre el fondo de los motivos alegados por la recurrente, por considerar que el fracaso de la vía económico-administrativa es imputable a la propia conducta procesal de aquélla que no presentó alegaciones.Vulneración del derecho a la tutela judicial cuando no existe sentencia en cuanto al fondo de la demanda