Control judicial del plazo máximo de duración de las actuaciones inspectoras
(a la luz de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria aprobado por Real Decreto 1065/2007)
Palabras clave:
Procedimiento inspector, duración, jurisprudenciaResumen
El Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de tributos, se refiere en sus artículos 102 a 104 y 184 a la duración del procedimiento inspector, completando lo dispuesto en la Ley 58 /2003.En el presente artículo analizaremos algunas cuestiones relacionadas con dicha ampliación, muchas de ellas objeto de pronunciamiento o discusión actualmente ante los Tribunales de Justicia.
