Impuesto sobre sociedades. Deducción por reinversión beneficios extraordinarios. Cantidades percibidas en virtud de clausula penal por incumplimiento, contenida en laudo arbitral.

Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 00/808/2011 de 13/04/2011.

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Resumen

Las cantidades percibidas en virtud de cláusula penal contenida en laudo arbitral, no otorgan derecho a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios, debido a que la cláusula penal no busca el resarcimiento de la parte  cumplidora, lo que se logra con la indemnización de daños y perjuicios, sino la imposición de una sanción, de una pena.
El TEAC, al efecto de interpretar la naturaleza de la cláusula penal toma en consideración lo declarado en el laudo arbitral.

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Publicado

27-08-2021

Cómo citar

Impuesto sobre sociedades. Deducción por reinversión beneficios extraordinarios. Cantidades percibidas en virtud de clausula penal por incumplimiento, contenida en laudo arbitral.: Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 00/808/2011 de 13/04/2011. (2021). Revista Técnica Tributaria, 2(93), 148-149. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1005