Notificaciones por edictos o por comparecencia. Deposito del aviso de llegada en el buzón o casillero domiciliario del destinatario. La entrega de dicho aviso se configura como requisito inherente al derecho de tutela judicial efectiva. La omisión de este requisito constituye un vicio procedimental que invalida la notificación de la liquidación

Tribunal Económico - Administrativo Central Resolución 00/4306/2009 de 22/10/2011 Unidad resolutoria: Vocalía 11ª

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Resumen

Al efecto de analizar la validez de las notificaciones por edictos o por comparecencia es preceptivo examinar la forma en que se produjeron los anteriores intentos de notificación. Respecto de estos, el depósito del aviso de llegada en el buzón o casillero domiciliario del destinatario se configura como requisito inherente al derecho de tutela judicial efectiva, por lo que la omisión de este requisito constituye un vicio procedimental que invalida la notificación de la liquidación.

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Publicado

26-08-2021

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Notificaciones por edictos o por comparecencia. Deposito del aviso de llegada en el buzón o casillero domiciliario del destinatario. La entrega de dicho aviso se configura como requisito inherente al derecho de tutela judicial efectiva. La omisión de este requisito constituye un vicio procedimental que invalida la notificación de la liquidación: Tribunal Económico - Administrativo Central Resolución 00/4306/2009 de 22/10/2011 Unidad resolutoria: Vocalía 11ª. (2021). Revista Técnica Tributaria, 4(95), 149. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/963