Plazo para modificación de la base imponible en procedimientos concursales. Plazos distintos según el procedimiento.
Tribunal Económico-Administrativo Central Resolución 00/1307/2010 de 17/01/2012 Unidad resolutoria: Vocalía 8ª
Resumen
La modificación de la base imponible del IVA prevista en el artículo 83.3 de la ley 37/1992, aplicable en los procedimientos concursales, no podrá realizarse después del plazo previsto en la Ley 22/2003 (ley concursal); plazo para que los acreedores pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos y dado que existen plazos distintos para cada procedimiento, siendo el general de un mes, es este plazo previsto para cada concurso el que ha de tenerse en cuenta a los efectos de la modificación de la base imponible en los concursos de acreedores, y no el plazo general de un mes.
