Impuesto sobre el valor añadido. Devolución de ingresos indebidos: necesidad de que conste la existencia de un doble ingreso, circunstancia que debió valorar la Administración ante la insuficiente documentación aportada por el contribuyente
Sentencia de 23 de junio de 2014, rec. 433/2012. Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 6ª
Resumen
Ante el impago de unas facturas, la entidad emisora realizó el ingreso de las cuotas del IVA que se habían repercutido, siendo que, con posterioridad, las entidades intervinientes en la operación, decidieron que las cuotas debía abonarlas otra de las entidades que, efectivamente, las abonó. En consecuencia, se dilucidaba una cuestión de un posible doble pago.
Al hilo de esta cuestión, la Sala se pronuncia sobre un tema de importancia que afecta a las posibilidades de aportar pruebas en los procedimientos revisores cuando no fueron aportadas en gestión y al deber de la Administración de proceder a una regularización íntegra de la situación tributaria del sujeto pasivo.
