Procedimiento económico-administrativo. Recurso extraordinario de revisión.
TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL. COMENTARIO A LA RESOLUCIÓN 4739/2017, DE 13 DE DICIEMBRE DE 2019
Resumen
Admite el TEAC que el acuerdo de ejecución dictado por la Administración Tributaria de una previa resolución administrativa o judicial puede considerarse un documento esencial a los efectos de considerar que concurre la circunstancia descrita en la letra del artículo 244.1 de la LGT que regula los supuestos en los que procede interponer recurso extraordinario de revisión, en los casos en los que incluya hechos o elementos nuevos respecto a la resolución o sentencia que manifiesten la improcedencia del acto.
