IRPF. Exenciones. Prestación por maternidad percibida del INSS.
Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sentencia de 6 de julio de 2016, rec. 967/2014
Abstract
La prestación por maternidad percibida por la actora del Instituto Nacional de la Seguridad Social está incluida en el tercer párrafo del art. 7.º h) de la Ley 35/2006 (Ley IRPF), ya que ese precepto reconoce tal beneficio tributario con carácter general, por lo que se reconoce el derecho de la actora a la rectificación de su autoliquidación del IRPF, ejercicio 2009, y el derecho a percibir la devolución correspondiente. Así se reconocía ya en la sentencia de la misma Sección, dictada en el recurso 1085/2007, el 3 de febrero de 2010.
