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La virtualidad en vía administrativa de los pactos de asunción de tributos

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.48297/rtt.v1i144.2450

Palabras clave:

pacto, obligación tributaria, interés legítimo, recursos en vía administrativa, rectificación de autoliquidaciones, acción de reconocimiento de derechos e intereses legítimos

Resumen

El artículo 17.5 LGT dispone que los pactos entre particulares no pueden alterar los elementos de la obligación tributaria. No obstante, nuestros Tribunales han reconocido el interés legítimo del obligado en virtud de pacto para acceder a la jurisdicción contencioso-administrativa y, dado su carácter revisor, han extendido su legitimación a la vía administrativa. Examinaremos en este trabajo, desde una perspectiva crítica, la legitimación de estos sujetos para  interponer recursos en vía administrativa, así como para solicitar la rectificación de autoliquidaciones. Por último, formularemos propuestas de lege ferenda que permitan conciliar su derecho a la tutela judicial efectiva y la indisponibilidad de la obligación tributaria.

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Biografía del autor/a

  • Estefanía Álvarez Menéndez

    Profesora Ayudante Doctora de Derecho Financiero y Tributario - Acreditada a Contratada Doctora
    Universidad de Oviedo
    (España)
    ORCID: 0000-0003-4597-9171


    Fecha de recepción: 5-02-2024/Fecha de aceptación: 27-02-2024/Fecha de revisión: 4-03-2024

    Cómo referenciar: Álvarez Menéndez, E. (2024). La virtualidad en vía
    administrativa de los pactos de asunción de tributos. Revista Técnica
    Tributaria (144), 169-199 https://doi.org/10.48297/rtt.v1i144.2450

Publicado

29-03-2024

Versiones

Cómo citar

Álvarez Menéndez, E. . (2024). La virtualidad en vía administrativa de los pactos de asunción de tributos. Revista Técnica Tributaria, 1(144), 169-199. https://doi.org/10.48297/rtt.v1i144.2450