IS. Regímenes especiales. Escisiones. Motivos económicos válidos
Tribunal Supremo. Sala Tercera, Sección 2ª Sentencia de 17 de marzo de 2016, rec. 2581/2014
Resumen
Las discrepancias de criterio entre socios, en lo que se refiere a la organización de las empresas, pueden hacer imposible su viabilidad y justifica una reorganización de las mismas de forma que cada una desarrolle independientemente alguna de las actividades ejercidas antes por la sociedad matriz. Se afirma por tanto que son motivos económicos válidos que hacen la operación conforme a norma aplicable.
