IRPF. Incrementos patrimoniales. Valor de adquisición. Principios de unicidad/estanqueidad. Casación para unificación de doctrina.
Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª.Sentencia de 21 de diciembre de 2015, rec. 2068/2014
Resumen
En el tema ya antiguo de la unicidad/estanqueidad de valores, y en relación con la posibilidad de utilizar la valoración alcanzada en el ITP a un inmueble a efectos de cuantificar el incremento patrimonial en el IRPF, el TS confirma, como doctrina al respecto, la fijada en la sentencia en la que se declaraba «parece, pues, razonable y coherente que la valoración previa de un bien realizada por una Administración tributaria, vincule a todos los efectos respecto a estos dos tributos a las demás Administraciones competentes, más si se trata de impuestos estatales, si bien el segundo cedido a las Comunidades Autónomas».
