IRPF. Retribución a profesionales (arquitectos y aparejadores) sin haber practicado retención a cuenta. Indebida elevación al íntegro.
AUDIENCIA NACIONAL (SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO) Sentencia de 11 octubre de 2001.
Abstract
Se juzga el caso de un obligado tributario que había satisfecho retribuciones a profesionales (Arquitectos y Aparejadores) sin haber practicado la correspondiente retención a cuenta del IRPF por lo que se practicó liquidación por este concepto y se le impusieron sanciones por la infracción cometida.
La actora mantuvo que los honorarios de estos profesionales se satisfacen a los Colegios Profesionales que son quienes emiten las facturas por lo que su actuación no es la de un simple intermediario en el pago, razón por la que no existe obligación de practicar retención alguna.
