Cómputo del plazo de prescripción de cuatro años.

Audiencia Nacional. Sentencia de 30 enero de 2003

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Abstract

La sentencia acoge la doctrina del Tribunal Supremo en torno al cómputo del plazo de prescripción de cuatro años fijado en la LDGC, si bien debe distinguirse si se trata de aplicarlo a cuotas tributarias o a sanciones. En este caso, en el que la liquidación determinaba, junto a la cuota e intereses de demora, las sanciones, se admite la posibilidad de que las últimas hayan de considerarse prescritas mientras que subsisten la cuota y los intereses.

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Published

12/11/2021

How to Cite

Cómputo del plazo de prescripción de cuatro años.: Audiencia Nacional. Sentencia de 30 enero de 2003. (2021). Technical Tax Journal, 2(61), 192-194. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1681