La potestad administrativa sancionadora en el orden tributario
Abstract
A pesar del periodo de vacatio legis transcurrido desde el 17 de diciembre pasado, se ha producido la entrada en vigor de la Ley 58/2003 General Tributaria sin que se hayan dictado los reglamentos de desarrollo previstos. Aunque la situación no se pueda calificar de grave (los actuales pueden funcionar con alguna corrección interpretativa y la misma Ley ha sido criticada de ser excesivamente reglamentista), tampoco se puede decir que sea la idónea desde un punto de vista jurídico. No obstante ello, no parece que los nuevos reglamentos vayan a demorarse demasiado puesto que ya se han dado a conocer y están en tramitación varios proyectos de reales decretos que cubrirán los mismos o similares espacios materiales y procedimentales que los contenidos en los que se dictaron durante la vigencia de la anterior Ley 230/1963.
