Actuaciones inspectoras. Documentación. Rectificación del acta de inspección. Omisión del trámite de audiencia.
Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª .Sentencia de 15 de Octubre de 2015, rec. 453/2012
Resumen
El trámite de audiencia posterior a las actas inspectoras es una garantía del contribuyente que debe respetarse o conlleva la nulidad de la liquidación. En el caso, para evitar que se produjese la prescripción de las obligaciones objeto de comprobación, el actuario acudió a una argucia que se pone de manifiesto en los hechos que narra la propia sentencia que comentamos
