IRNR. Devolución de ingresos indebidos. Retenciones. Principio de libre circulación de capitales

Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª .Sentencia de 23 de julio de 2015, rec. 630/2013

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Resumen

Una entidad, residente en el Reino Unido, solicitó la devolución de las sumas que se le habían retenido (IRNR) por entidades residentes al satisfacerle dividendos, dudándose del procedimiento correcto a seguir en estos casos (ya que existía la posibilidad de aplicar alternativamente el procedimiento de rectificación de autoliquidaciones o el de devolución de ingresos debidos derivados de la normativa de cada tributo), pero entendiendo que, en todo caso, la carga soportada no se ajustaba a Derecho de la UE al ser muy superior de la que soportan las entidades residentes semejantes a la demandante (Entidades de Inversión Colectiva con tributación al 1%). En vía administrativa se le había denegado la devolución por entender que el procedimiento seguido no era el correcto. En conclusión, se suscita el tema del procedimiento a seguir en estos casos así como el examen de si las retenciones soportadas fueron superiores a las que en derecho hubiera debido soportar

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Publicado

31-12-2015

Cómo citar

IRNR. Devolución de ingresos indebidos. Retenciones. Principio de libre circulación de capitales: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª .Sentencia de 23 de julio de 2015, rec. 630/2013. (2015). Revista Técnica Tributaria, 4(111), 173-175. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/151