ISD. Beneficios fiscales. Transmisión de participaciones. Reducción del 95 por 100 sobre la base imponible.
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Sentencia de 28 de enero de 2015, rec. 1089/2011
Resumen
El debate se centraba en, si para el cumplimiento de los requisitos que se exigen para disfrutar de la bonificación del 95 por 100, es preciso que las sociedades cuyas acciones han sido donadas, dispusieran de forma individualizada de un local destinado a llevar a cabo la gestión, así como una persona empleada a jornada completa, o bien si dichos requisitos pueden entenderse cumplidos por medio de otra sociedad vinculada a las sociedades cuyas acciones se donaron.
