Reclamación económico-administrativa: procedimiento de devolución iniciado con la presentación de declaración-liquidación correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio. Falta de resolución expresa. Silencio administrativo
Tribunal Económico-Administrativo Central. Vocalía 5ª. Resolución 00/894/2006, de 1 de marzo de 2007 (Unificación de criterio)
Resumen
La entidad contribuyente había presentado una solicitud de devolución que dio lugar, de conformidad con el artículo 127 de la Ley 58/2003 General Tributaria, al inicio del procedimiento inspector en el que se le informaba de la terminación del procedimiento de devolución anterior.
Finalizadas las actuaciones inspectoras y dictada la liquidación, fue recurrida en reposición que se resuelve en sentido desestimatorio debido a haberse interpuesto éste fuera del plazo establecido para ello.
Finalmente la entidad interpone la presente reclamación económico-administrativa entendiendo que, en el procedimiento de devolución iniciado con la presentación de su declración-liquidación correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio, no ha recaído resolución expresa, por lo que considera dicha solicitud de devolución desestimada por silencio administrativo a los efectos de interponer la pertinente reclamación.
