Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Trato discriminatorio de sociedades matrices residentes en la Unión Europea con participaciones superiores al 5%.

Tribunal Económico Administrativo Central. Resolución nº 00/1996/2010 de 26/10/2010 Unidad resolutoria: Vocalía 1ª

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Como decíamos más arriba, en esta resolución se declara contrario al derecho comunitario el trato diferente a sociedades matrices no residentes en España y residentes en la Unión Europea que alcanzan participaciones del 5% en filiales, pero no alcanzan los porcentajes superiores del artículo 14.1, de la LIRNR, con respecto al trato de las sociedades residentes en España que alcanzan ese 5%.
Por ello las sociedades matrices no residentes en España que alcancen el nivel de participación del 5% deberán soportar el mismo nivel de tributación, por los dividendos distribuidos de sociedades filiales residentes, que las sociedades matrices residentes en España con la misma participación (en éstas el efecto final de tributación es nulo por la vía de la deducción del 100% en la cuota).

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28/08/2021

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Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Trato discriminatorio de sociedades matrices residentes en la Unión Europea con participaciones superiores al 5%.: Tribunal Económico Administrativo Central. Resolución nº 00/1996/2010 de 26/10/2010 Unidad resolutoria: Vocalía 1ª. (2021). Technical Tax Journal, 1(92), 112-113. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/1025