Procedimientos de gestión. Alcance del procedimiento de verificación de datos.
Tribunal Económico-Administrativo Central Resolución 00/2498/2010 de 23/02/2012
Abstract
Los procedimientos de verificación de datos amparados en el supuesto c) del art. 131 LGT nacen con una clara limitación: que la indebida aplicación de la norma que, según el órgano tributario, se aprecia en la declaración del sujeto pasivo sea “patente” a la vista de los justificantes aportados. Por ello el cumplimiento de las condiciones legalmente exigidas para acceder a un beneficio fiscal, concretamente el nivel de retribuciones para acceder a la reducción del 95% en las donaciones, constituye una discrepancia de cierta complejidad que no puede quedar supeditada al mero examen de la documentación de la operación sin llevar a cabo otras comprobaciones que hacen del procedimiento de verificación de datos un procedimiento inadecuado.
