Proceso Contencioso-administrativo. Ejecución de sentencias
Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª Sentencia de 24 de enero de 2013, rec. 66/2010
Resumen
Cuando una sentencia judicial (aunque estuviese recurrida), otorgando la tutela judicial efectiva impetrada en el curso de un proceso, decide que las liquidaciones son nulas y, por ende, también lo es la resolución del TEAR o del TEAC que las anuló sólo parcialmente, es este criterio judicial el que debe predominar y erigirse en regla sobrevenida para la determinación de la conformidad al ordenamiento jurídico de la resolución dictada en ejecución de aquella. Lo contrario sería desconocer la eficacia de las resoluciones judiciales, aunque no fueran firmes y, además, haría prevalecer un criterio de la Administración que ha sido desacreditado por los Tribunales.
