Impuesto sobre Sociedades. Imposibilidad de extender la declaración de inconstitucionalidad del RD-Ley 2/2016 que modificó el régimen de pagos fraccionados a los pagos fraccionados efectuados en el ámbito normativo de la Ley 6/2018 y de la ley 8/2018

TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL. COMENTARIO A LA RESOLUCIÓN 2836/2020, DE 22 DE FEBRERO DE 2021

Authors

  • Gabinete de Estudios de AEDAF

Abstract

En este caso, el contribuyente alega al Tribunal la rectificación de la autoli-quidación de pagos fraccionados correspondiente al segundo trimestre del ejer­cicio 2019 como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad decla­rada por el Tribunal Constitucional del RD-Ley 2/2016, debido a que dicha inconstitucionalidad se extiende a la Ley 6/2018 y a la Ley 8/2018. El Tribunal se ampara en la resolución de 23 de abril de 2019 (RG6859/2016) para expresar que la declaración de inconstitucionalidad afecta únicamente a los pagos frac­cionados al amparo de dicha norma, pero no a los realizados en el ámbito nor­mativo de la ley 6/2018 y la ley 8/2018, pues aquella es un vehículo jurídico ina­decuado por la indebida utilización del decreto ley.

 

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Published

30/06/2021

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Comentarios de doctrina administrativa

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Gabinete de Estudios de AEDAF. (2021). Impuesto sobre Sociedades. Imposibilidad de extender la declaración de inconstitucionalidad del RD-Ley 2/2016 que modificó el régimen de pagos fraccionados a los pagos fraccionados efectuados en el ámbito normativo de la Ley 6/2018 y de la ley 8/2018: TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL. COMENTARIO A LA RESOLUCIÓN 2836/2020, DE 22 DE FEBRERO DE 2021. Technical Tax Journal, 2(133), 195-199. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/766

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