État belge/Medicom SPRL, Maison Patrice Alard SPRL

Sentencia del TJUE (Sala Sexta) de 18 de julio de 2013 Asuntos: C-210/11 y C-211/11

Authors

  • Jose Manuel Calderón Carrero

Abstract

IVA – Sexta Directiva IVA – Artículos 6, apartado 2, párrafo primero, letra a), y 13, parte B, letra b) – Derecho a deducción – Bienes de inversión pertenecientes a personas jurídicas y puestos parcialmente a disposición de sus Administradores para las necesidades privadas de éstos – Utilización para las necesidades privadas del sujeto pasivo o de su personal de una parte de un activo (edificio) afectado en su totalidad a su empresaInexistencia de renta en dinero, pero toma en consideración de una gratificación en especie a efectos del impuesto sobre la renta».

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Author Biography

  • Jose Manuel Calderón Carrero

    Catedrático de Derecho Financiero y Tributario
    Universidad de La Coruña
    Miembro de la AEDAF

Published

23/07/2021

Issue

Section

Comentarios de Jurisprudencia del TJUE

How to Cite

Calderón Carrero, J. M. . (2021). État belge/Medicom SPRL, Maison Patrice Alard SPRL: Sentencia del TJUE (Sala Sexta) de 18 de julio de 2013 Asuntos: C-210/11 y C-211/11. Technical Tax Journal, 4(103), 201-206. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/749

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