IRPF. Deducción por inversión en vivienda habitual.

Tribunal Económico-Administrativo Central Resolución 00990/2012/00/00 del 08/05/2014

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Posibilidad de que el nudo propietario sea beneficiario de la deducción: supuestos de adquisición por negocio inter vivos y supuestos de desmembramiento del dominio mortis causa.
Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio. No procede aplicar la deducción por inversión en adquisición en vivienda habitual por parte del nudo propietario cuando dicha adquisición lo haya sido en virtud de un negocio jurídico intervivos, pues la adquisición de la nuda propiedad no lleva aparejada el derecho de goce de la misma. Sin embargo, sí procede aplicar esta deducción en los supuestos en los que la vivienda habitual se adquirió originariamente en plena propiedad por los cónyuges, en pro indiviso o para la sociedad conyugal, y, constituyendo aquella la vivienda habitual de ambos y de sus hijos menores, sobreviene la desmembración del dominio, no voluntariamente, sino mortis causa por el fallecimiento de uno de los cónyuges, y la vivienda siga constituyendo la residencia habitual de la unidad familiar.

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Published

20/07/2021

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IRPF. Deducción por inversión en vivienda habitual.: Tribunal Económico-Administrativo Central Resolución 00990/2012/00/00 del 08/05/2014 . (2021). Technical Tax Journal, 2(105), 171-172. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/701