Procedimiento tributario. Recurso de reposición. Aportación de pruebas no aportadas en el procedimiento de comprobación.
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla). Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª Sentencia de 2 de enero de 2014, rec. 446/2012
Abstract
El contribuyente, al interponer el recurso de reposición, aportó un contrato que no había aportado en el procedimiento de comprobación anterior (se le sancionó por obstrucción a la acción investigadora) por lo que el recurso se resolvió desestimando la pretensión y declarando, con cita del artículo 96.4 del Real Decreto 1065/2007, por el que se aprueba el Reglamento General de gestión e inspección tributaria, que una vez realizado el trámite de audiencia o, en su caso, el de alegaciones no se podrá incorporar al expediente más documentación acreditativa de los hechos, salvo que se demuestre la imposibilidad de haberla aportado antes de la finalización de dicho trámite, siempre que se aporten antes de dictar la resolución.
El Tribunal, en este tema, del que nos hemos ocupado anteriormente, rechaza por motivos concretos la posición defendida por la Administración.
