Procedimiento sancionador. Principio de proporcionalidad. Sanción por emisión de facturas con datos falsos o falseados del art. 201 de la LGT.
Tribunal Supremo. Sala Tercera, Sección 2ª. Sentencia de 11 de diciembre de 2014, rec. 2742/2013
Abstract
EL hecho de expedir una factura con datos falsos, reflejando una prestación de servicios que no ha tenido lugar, implica de por si un comportamiento doloso y posibilita que un tercero, al utilizar la factura, obtenga un importante ahorro fiscal, con el consiguiente perjuicio económico para la Hacienda pública. Ello incluso en el caso en el cual una parte consignó como ingreso el importe que figuraba en la factura. A juicio del Tribunal, la importancia de estos hechos -una infracción de “peligro”- justifica la imposición de una sanción que no resulta desproporcionada, siendo este uno de los valores constitucionales que se consideró vulnerado por la entidad recurrente puesto que ya se había impuesto una sanción a la otra parte.
