ISD. Adquisiciones mortis causa. En la transmisión del ius delationis se produce una única transmisión sucesoria.

Tribunal Económico-Administrativo Central. Comentario a la Resolución 5305/2015, de 10 de diciembre de 2019.Unidad resolutoria: Vocalía Novena

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En el supuesto planteado se trata de determinar si cuando fallece un heredero, sin haber aceptado o repudiado la herencia de su causante, y esta fuera aceptada por sus herederos, se considera que existen dos transmisiones o un solo hecho sucesorio. En el primer caso, si consideramos que existen dos transmisiones, implicaría practicar dos liquidaciones del Impuesto y, de considerarse una única transmisión, conllevaría practicar una sola liquidación. El TEAC, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, cambia la doctrina mantenida hasta el momento y concluye que en el caso de ejercicio del ius transmissionis por los herederos del transmitente se produce una sola transmisión, por lo que la adquisición se produce en el heredero directamente del primer causante.

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29/03/2019

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ISD. Adquisiciones mortis causa. En la transmisión del ius delationis se produce una única transmisión sucesoria.: Tribunal Económico-Administrativo Central. Comentario a la Resolución 5305/2015, de 10 de diciembre de 2019.Unidad resolutoria: Vocalía Novena. (2019). Technical Tax Journal, 1(124), 140-144. https://revistatecnicatributaria.com/index.php/rtt/article/view/475