IRPF. Base imponible. Rendimientos netos de capital inmobiliario. Inaplicación de la reducción por arrendamiento de vivienda a los arrendamientos de temporada.
Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 5663/2017 de 08/03/2018. Unidad resolutoria: Vocalía Duodécima
Abstract
La reducción prevista en el artículo 23.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, es aplicable únicamente a los arrendamientos que la Ley de Arrendamientos Urbanos califica como de vivienda en su artículo 2 y no a los arrendamientos por temporada de su artículo 3.2. El TEAC fija este criterio al estimar el recurso extraordinario de alzada promovido por el Director del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
