Comprobación de valores. Motivación del dictamen de peritos.
Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución 5240/2016 de 19/01/2017. Unidad resolutoria: Vocalía Duodécima
Abstract
Se pronuncia el TEAC sobre la motivación del dictamen de peritos de valoración de un inmueble en el que se aplica el método de comparación o determinación del modulo unitario básico a partir del estudio de muestras homogéneas, unificando criterio sobre tres cuestiones planteadas: (i) Sobre la necesidad de identificar las muestras o testigos rechazadas por el perito, así como los motivos de su exclusión, el Tribunal concluye que dicha mención en el informe pericial no es exigida por la necesidad de motivación; (ii) sobre la necesidad de incorporar al expediente una copia de las operaciones tomadas como muestra, se determina que será exigido si tales documentos consisten en escritura pública; (iii) por último, considera el TEAC que la Administración puede realizar una tercera comprobación de valor si las anteriores fueron anuladas por la propia Administración sin llegar a incorporarse al expediente. En este sentido, se recuerda que la Administración no puede realizar una tercera comprobación cuando los actos de liquidación basados en las dos comprobaciones anteriores fueron anulados, en vía administrativa o judicial, por los mismos o similares
defectos de motivación.
